Desde el pasado 1 de Enero y hasta el próximo 31 de Marzo deberán presentar esta declaración informativa los contribuyentes que sujetos a la imposición personal en Gipuzkoa, por Renta o por Impuesto sobre Sociedades y que posean bienes y derechos situados en el extranjeros.
Existirá obligación de presentar esta declaración informativa cuando el conjunto de los bienes y derechos de cada unos de los tres primeros puntos (1,2,3) indicados en la parte inferior individualmente considerados supere los 50.000 €.
En el último caso (4), existirá obligación de presentar esta declaración, en general cuando su valor unitario supere los 50.000 € y excepcionalmente, el dinero en efectivo y los metales o piedras preciosas, cuando el valor conjunto de tales categorías supere la cifra de 50.000 €.
Se deberán declarar los siguientes bienes y/o derechos situados en el extranjero:
- Cuentas en entidades financieras: cuentas en efectivo situadas en el extranjeros y que el contribuyente sea titular real, titular jurídico, autorizado, representante, beneficiario o tenga poder de disposición.
- Valores, derechos, seguros y rentas: valores o derechos de participación en entidades jurídicas, valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios o valores aportados para gestión o administración a cualquier instrumento jurídico situado en el extranjero, acciones o participaciones en el capital social o fondo patrimonial de instituciones de inversión colectiva en el extranjero, seguros de vida o invalidez y/o rentas temporales o vitalicias.
- Bienes inmuebles y derechos reales sobre ellos: Bienes inmuebles o derechos reales sobre los mismos que estén situados en el extranjero y de los que los obligados sean titulares jurídicos o titulares reales.
- Bienes inmuebles y derechos sobre los mismos situados en el extranjero o que estén matriculados o consten en registros de países extranjeros.