Debido a la crisis extraordinaria del COVID-19 surgen muchas dudas en relación al desarrollo empresarial de los negocios.
Desde ADDI reiteramos nuestros apoyo y te ofrecemos nuestra ayuda, por eso te pedimos que estés atento a los mails y a nuestras redes sociales ya que seremos proactivos con toda la información que va surgiendo día a día.
¿PUEDO ABRIR MI NEGOCIO MAÑANA?
No si es un comercio (local/establecimiento minorista de apertura al público) desde hoy y hasta al menos el 29 de marzo, a excepción de:
· Comercios dedicados a la alimentación o bebidas
· Comercios que vendan productos de primera necesidad
· Farmacias, médicos, ópticas y productos ortopédicos
· Comercios de productos higiénicos
· Peluquerías
· Prensa y papelería
· Gasolineras
· Estancos
· Comercios de equipos tecnológicos y de telecomunicaciones.
· Comercios de alimento para animales de compañía
· Comercio por Internet, telefónico o correspondencia
· Tintorerías y lavanderías
GRACIAS A LA ACTIVIDAD QUE DESARROLLO EN MI NEGOCIO, MIS TRABAJADORES PUEDEN TELETRABAJAR. ¿QUÉ DEBO DE TENER EN CUENTA?
El Gobierno recomienda teletrabajar en la medida de los posible.
Recuerda que trabajadores y empresa tienen los mismos derechos y obligaciones que si el trabajo fuese presencial.
TENGO UN BAR/RESTAURANTE Y TENGO QUE CERRAR POR ORDEN DEL GOBIERNO, ¿QUÉ PUEDO HACER?
Efectivamente tanto Gobierno Vasco, como Gobierno Central han solicitado el cierre de bares, restaurantes, sociedades gastronómicas, etc.
Aunque todavía no se ha publicado el paquete de medidas que se espera para pymes y autónomos, lo que le recomendamos hacer es un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) por causa de fuerza mayor, de tal manera que puede dar por finalizados los contratos laborales actuales con carácter temporal y sus trabajadores puedan seguir cobrando del Estado.
Cualquier otro negocio que se vea directamente afectado por el COVID-19 podría acogerse a un ERTE, como por ejemplo: agencias de viajes, hoteles, comercios, actividades turísticas,…etc
Si no lo hemos hecho ya, nos pondremos en contacto con usted.
EL ABSENTISMO DE VARIOS TRABAJADORES QUE SE HAN VISTO AFECTADOS CON EL COVID19 IMPIDEN LA CONTINUIDAD D EMI ACTIVIDAD EMPRESARIAL
Recomendamos igual que en el caso anterior, un ERTE por causas de fuerza mayor.
TENEMOS QUE HACER CUARENTENA EL RESTO DE PERSONAS DE MI NEGOCIO PORQUE UNA PERSONA SE HA CONTAGIADO DE COVID19 Y NO PUEDO CONTINUAR CON MI ACTIVIDAD EMPRESARIAL
Recomendamos igual que en el caso anterior, un ERTE por causas de fuerza mayor.
UNO DE MIS PRINCIPALES PROVEEDORES NO PUEDE PROVEERME DE LOS RECURSOS NECESARIOS PARA CONTINUAR MI ACTIVIDAD EMPRESARIAL.
En este caso, como la afectación del virus no es directa, se podrá presentar un Expediente de Regulación de Empleo Temporal (ERTE) por causas objetivas.
Póngase en contacto con nuestro despacho y le explicaremos con más detalle el procedimiento.
UN TRABAJADOR PARECE QUE SE HA CONTAGIADO, ¿QUÉ DEBO HACER?
Deberá coger la baja por enfermedad común en su médico y enviarla a la empresa y a la asesoría lo antes posible para que lo tengamos en cuenta tanto para los seguros sociales como para su nómina.
¿HAY AYUDAS PARA AUTÓNOMOS Y PYMES DEBIDO A ESTA CRISIS DEL COVID-19?
Se espera un paquete de medidas que previsiblemente se dará a conocer el martes 17 de marzo. Les mantendremos informados.
Recuerda que nuestro despacho está cerrado para la atención presencial, pero podemos atenderte por teléfono, email, portal de cliente y videoconferencia.